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Accidente de trabajo: qué hacer paso a paso

Una guía general para actuar con calma después de un accidente laboral.

Primeros pasos recomendados

  1. Atendé tu salud. Pedí atención médica. Si podés, indicá que es un accidente laboral.
  2. Avisá a tu empleador. Hacelo cuanto antes y, de ser posible, dejá constancia (mensaje, mail, carta documento).
  3. Verificá que se haga la denuncia a la ART. El empleador o la ART deben gestionarla. Pedí que te informen el número de siniestro.
  4. Guardá la documentación. Certificados, estudios, fotos, recibos de sueldo, nombres de testigos.
  5. Consultá con un abogado. Aunque la ART esté respondiendo, un profesional puede revisar que te den lo que corresponde.

¿Qué cuenta como accidente de trabajo?

Según la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo y su normativa complementaria, se consideran en general los hechos súbitos ocurridos por el hecho o en ocasión del trabajo, y también los ocurridos en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo (accidente in itinere), en las condiciones que la ley establece.

Accidente en el lugar de trabajo

Caídas, golpes, cortes, quemaduras, accidentes con maquinaria y otras situaciones ocurridas mientras trabajabas.

Accidente in itinere

Los ocurridos yendo o volviendo del trabajo. Conviene conservar el parte policial o médico, y datos del trayecto.

Comisiones Médicas y plazos

Dependiendo de tu provincia y de tu caso, los reclamos pueden pasar por una Comisión Médica. Existen plazos que pueden afectar tus derechos, por eso es mejor consultar pronto.

Guías para profundizar

Preguntas frecuentes

¿Qué tengo que hacer si tuve un accidente de trabajo?

En general: recibir atención médica de inmediato, avisar al empleador, pedir que se haga la denuncia a la ART, guardar toda la documentación (certificados, estudios, recibos de sueldo) y consultar con un abogado de confianza. Los detalles dependen de cada caso.

¿Qué es un accidente in itinere?

Es el que ocurre en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo (o a la inversa), bajo las condiciones que establece la normativa. Puede estar cubierto por el sistema de riesgos del trabajo.

¿Hay plazos para reclamar?

Sí, pueden existir plazos y la demora puede complicar un reclamo. Por eso conviene consultar cuanto antes. No podemos indicarte un plazo exacto sin conocer tu situación.

¿Qué es la ART y qué cubre?

La Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es la compañía a la que el empleador debe afiliarse según la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo. Debe brindar prestaciones médicas y, según el caso, prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

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