Norma vigente: Decreto 658/96, Listado de Enfermedades Profesionales (agente "posiciones forzadas y gestos repetitivos en el trabajo", extremidad superior), dictado según el art. 6, ap. 2, de la Ley 24.557. La incapacidad se evalúa con la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales del Decreto 549/2025.
El dolor de hombro y el de codo son muy frecuentes en trabajos con movimientos repetidos, brazos elevados o fuerza con la mano: fábricas, limpieza, carga y descarga, gastronomía, construcción, peluquería, cajas, mantenimiento. Muchas veces la ART responde que se trata de una "enfermedad inculpable", es decir, que no tiene relación con el trabajo. Esta guía explica qué dice el listado oficial, qué se suele analizar y qué podés hacer. No es asesoramiento legal ni médico.
¿El hombro doloroso y la epicondilitis están en el listado de enfermedades profesionales?
Sí. El Decreto 658/96, dentro del agente "posiciones forzadas y gestos repetitivos en el trabajo" (extremidad superior), incluye estos cuadros. El texto que sigue está tomado de la norma consultada el 19/10/2026:
| Zona | Cuadro clínico que figura en el listado | Actividades que el listado asocia |
|---|---|---|
| Hombro | Hombro doloroso simple (tendinitis del manguito de los rotadores). Hombro anquilosado después de un hombro doloroso rebelde. | "Trabajos que requieren de movimientos repetitivos o forzados del hombro." |
| Codo | Epicondilitis. Epitrocleitis. | "Trabajos que requieren de movimientos repetitivos de aprehensión o de extensión de la mano, o de supinación y prono-supinación." |
| Codo (apoyo) | Higroma agudo y crónico de las sinoviales del codo. | "Trabajos que requieren de un apoyo prolongado sobre la cara posterior del codo." |
| Codo (nervios) | Síndrome de compresión del nervio cubital. Síndrome del pronador. | Según el mismo bloque del listado. |
El listado tuvo modificaciones posteriores, como las del Decreto 49/2014. Antes de usar esta tabla en un reclamo, confirmá con un abogado la versión vigente para tu caso.
¿Qué tareas se analizan para relacionarlo con el trabajo?
El listado vincula cada enfermedad con un tipo de actividad. En la práctica se mira:
- Qué movimientos hacés y cuántas veces por jornada: elevar los brazos, girar la muñeca, apretar o agarrar herramientas.
- Si usás fuerza, herramientas vibrátiles o apoyás el codo de forma prolongada.
- Cuánto tiempo hace que hacés esas tareas y si cambiaste de puesto.
- Si el dolor empezó o empeoró con el trabajo.
En el listado no encontramos una cantidad mínima de años en el puesto para estos cuadros. Si en tu caso se aplica algún criterio de exposición, es algo para revisar con un abogado.
¿Qué estudios y papeles sirven?
- Estudios por imágenes que haya indicado tu médico (por ejemplo, ecografía o resonancia) y el informe del especialista.
- Historia clínica de tu obra social, prepaga o hospital. La Resolución SRT 5/2026 dispone que, si invocás tratamiento por esas vías, debés acompañar la historia clínica en el trámite ante la Comisión Médica.
- Descripción escrita de tus tareas: recibos de sueldo con la categoría, constancias del puesto, fotos o videos del lugar de trabajo si los tenés legítimamente.
- La respuesta de la ART por escrito, si te la dieron.
Ver la guía de documentación para reclamar a la ART.
¿Qué pasa si la ART dice que es una enfermedad inculpable?
Que la enfermedad figure en el listado no significa que se reconozca automáticamente: la ART puede discutir la relación con el trabajo o el diagnóstico. Un rechazo no siempre es la última palabra. Existen instancias de revisión, como la Comisión Médica, y luego la vía judicial, según la provincia. Ver la ART rechazó mi enfermedad.
¿Cómo se pide la revisión ante la Comisión Médica?
En las jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348, la Comisión Médica Jurisdiccional es la instancia administrativa previa y obligatoria. Según la SRT, en esas jurisdicciones el trámite requiere patrocinio letrado y toda la prueba se presenta al inicio. Por eso conviene llegar con los estudios ordenados y con un abogado. Ver Comisión Médica: qué es y cómo funciona.
Los plazos para pedir la revisión y para recurrir existen y son cortos en algunos casos. No los detallamos acá: consultá a un abogado para saber cuáles corren en tu caso.
¿Y si mi lesión no figura tal cual en el listado?
El art. 6, ap. 2 b, de la Ley 24.557 prevé que la Comisión Médica Central pueda reconocer, en un caso concreto, otras enfermedades provocadas por causa directa e inmediata del trabajo. El trámite empieza con una petición fundada ante la Comisión Médica Jurisdiccional. Es un camino más exigente en prueba. Ver el listado de enfermedades profesionales.
¿Cuándo conviene consultar a un abogado?
Apenas tengas un diagnóstico y la ART lo rechace o no responda, antes de firmar cualquier conformidad o alta, y si te citan a la Comisión Médica. La consulta a través de este sitio es gratuita.
Fuentes oficiales
- Decreto 658/96, Listado de Enfermedades Profesionales (InfoLEG, texto actualizado)
- Decreto 49/2014 (argentina.gob.ar)
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, art. 6 (argentina.gob.ar)
- Ley 27.348, complementaria (argentina.gob.ar)
- Decreto 549/2025, Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (argentina.gob.ar)
- Resolución SRT 5/2026 (argentina.gob.ar)
- SRT: solicitar evaluación de incapacidad
Aviso legal: Información general, no es asesoramiento legal ni médico. El diagnóstico lo hace un profesional de la salud. Que una enfermedad figure en el listado no implica reconocimiento automático. No garantizamos resultados, plazos ni montos. Portal ART es un servicio de orientación e intermediación, no un estudio jurídico. Verificá siempre tu caso con un abogado matriculado.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que tener muchos años en el puesto para que lo reconozcan?
No encontramos en el listado una cantidad mínima de años para estos cuadros. Se analiza la exposición en cada caso. Consultá a un abogado.
¿Sirve el diagnóstico de mi médico de obra social o prepaga?
Sirve como antecedente y, si lo invocás ante la Comisión Médica, la Resolución SRT 5/2026 exige acompañar la historia clínica. La Comisión puede pedir otros estudios.
¿Me pueden despedir si hago la denuncia?
Hay protecciones laborales, pero dependen de tu situación. No podemos darte una respuesta general. Ver despido durante la licencia por accidente o enfermedad.
¿Si me opero el hombro por mi cuenta, pierdo el reclamo?
No podemos afirmarlo en general. Antes de decidir un tratamiento por fuera de la ART, consultá con un abogado y guardá toda la documentación.
¿Cuánto puedo cobrar?
Depende del porcentaje de incapacidad que se determine con la tabla oficial y de otros datos de tu caso. No damos montos ni porcentajes. Ver cuánto cobro por un accidente de trabajo.
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